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Autorizarían fiscales “secuestrar” medios

Autorizarían fiscales “secuestrar” medios

El Ministerio Público si lo considera necesario  podría “secuestrar” un sistema de información o una parte de sus componentes, según lo establece  el artículo  39 en su acápite E, del Proyecto de Ley contra la Ciberdelincuencia, sometido por  Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, el pasado 14 de junio.

Para ello se auxiliará del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) y de la Policía Nacional.

También en su apartado D, señala que podrá ordenar a un proveedor de servicios a suministrar información de los datos relativos a suscriptores, usuarios y de tráfico que pueda tener en su posesión o control.

Igualmente el Ministerio Público “podrá ordenar a una persona física o jurídica la preservación de datos, mantenimiento e integridad de un sistema de información o de cualquiera de sus componentes, por un período de noventa (90) días a partir de su solicitud, renovable por períodos sucesivos

“Ordenar a un proveedor de servicios a suministrar información de los datos relativos a suscriptores, usuarios y de tráfico que pueda tener en su posesión o control; y tomar en secuestro o asegurar un sistema de información o cualquiera de sus componentes, en todo o en parte”, sostiene.

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El acápite I establece que se podrá realizar la intervención o interceptación de las telecomunicaciones en tiempo real, según el procedimiento establecido en el Artículo 192 del Código Procesal Penal para la investigación de todos los hechos punibles en la presente ley.

El proyecto sometido por el Poder Ejecutivo vía la Cámara de Diputados señala que el Ministerio Público será asistido por el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología de la Policía Nacional; la División de Investigación de Delitos Informáticos del Departamento Nacional de Investigaciones; peritos; e  instituciones públicas o privadas.

En el acápite H, el proyecto podrá “hacer  inaccesible o remover el contenido de un sistema de información o de cualquiera de sus componentes, que haya sido accedido para la investigación”.

Dirigentes políticos, agrupaciones de la sociedad civil, legisladores oficialistas y de la oposición, así como la Sociedad Dominicana de Diario y los gremios periodísticos rechazan los proyectos de ley orgánica que regula el derecho a la intimidad, el honor,  el buen nombre y la propia imagen y el Proyecto de Ley contra la Ciberdelincuencia, alegando que coartan la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

El proyecto penaliza la difamación, injuria y lo que denominan la invasión a la privacidad.

En cuanto a la difamación, el proyecto señala que aquellas difamaciones que sean cometidas por medio de sistemas de información recibirán castigos de hasta cinco años de prisión.

“La difamación cometida a través de un sistema de información o cualquiera de sus componentes, se sancionará con la pena de dos a cinco años de prisión y multa de doscientas a quinientas veces el salario mínimo del sector público”, afirma.

En el artículo 19 se condena la injuria pública cometida a través de un sistema de información o cualquiera de sus componentes y se sancionará con multa de doscientas a quinientas veces el salario mínimo del sector público.

Otros aspectos que contempla son atentado contra la vida, amenaza, difusión no autorizada de imágenes o material audiovisual de contenido sexual, ciberhostigamiento, atentado sexual engaño pederasta, material de explotación o abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes

Antier el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, informó que el Gobierno conformará en los próximos días una comisión para que presente una propuesta de reforma a la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento, que sea estudiada junto a otras iniciativas como el proyecto que regularía el ejercicio del derecho a la intimidad, el honor y  el buen nombre.

Víctor Martínez

Víctor Martínez: Pastor evangélico, y periodista de larga experiencia. Siempre dispuesto a servir a los demás. Director del digital Elguardian.com.do