Carta de los Lectores Opinión

Barcaza Los Negros

Barcaza Los Negros

Trascendió en los medios de comunicación a propósito de la vista pública del viernes 19 realizada por la comisión de derechos humanos de la Cámara de Diputados, que la Viceministra de Gestión Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Indira De Jesús, reiteró que las barcazas no están en el área protegida, sino en la zona de amortiguamiento; cabe una interrogante a propósito de esta afirmación:

¿Está permitido por ley instalar el sistema de barcazas en la zona de amortiguamiento del área protegida “Refugio de Vida Silvestre Manglares de Puerto Viejo? Para contestar esta pregunta hay que ir a los instrumentos jurídicos que regulan el área, a saber, lo primero es examinar lo estipulado en la Resolución No. 0010/2018 que regula las zonas de amortiguamiento de las áreas protegidas.

El párrafo II del artículo 5 de la citada Resolución del 21 del mes de marzo del 2018, establece los usos y actividades permitidas en las zonas de amortiguamiento de las áreas protegidas pertenecientes a las categorías II, III y IV, correspondientes a parques nacionales, monumentos naturales y áreas de manejo hábitat/especie, entre los que se encuentran: caminos de herraduras o forestales, apicultura, infraestructura de investigación, pesca artesanal, camping, infraestructuras de apoyo a instalaciones de uso público de recreación y esparcimiento y centro de visitación turístico de máximo una altura (4 metros de altura), siempre conforme las directrices de plan de manejo.

Si se toma literalmente el mandato de la Resolución No. 0010/18, se puede afirmar que la instalación de un sistema de barcazas para producir energía con el combustible más sucio de los derivados del petróleo y por ello está descontinuado en más de 90 países, donde una gota de este combustible contamina más de 4 mil litros de agua, pero además las barcazas contaminan 15 veces más que los generadores de la misma capacidad en tierra, por el hecho de que la Organización Marítima Internacional (OMI) a los barcos les da esa concesión porque transitan fuera del alcance de las poblaciones y estas barcazas usan los mismos motores que los barcos, de manera que no es compatible y por lo tanto están prohibidas las barcazas en esa zona.

El impacto que causa ese sistema de barcazas que estaría alimentada por barcos con cuatro mil toneladas de bunker 6 trasegando, permanentemente del barco a las barcazas, tal como lo plantea la licencia ambiental emitida por el ministro de Medio Ambiente.

Por: Lic. Euren Cuevas Medina

El Nacional

La Voz de Todos