El grupo de acusados, durante la audiencia del pasado viernes en la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia; sólo dos de ellos fueron dejados en prisión.
Los seis imputados por los sobornos de Odebrecht favorecidos con excarcelación, no podrán salir hoy de la cárcel de Najayo, ya que la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) no precisó en su decisión oral del sábado los tipos de fianzas que deben pagar.
La resolución de los jueces Miriam Germán Brito, Esther Angelán Casasnova, Juan Hirohito Reyes, Frank Soto y Alejandro Moscoso Segarra, leída el sábado a la media noche no precisa si las fianzas deben ser pagadas a través de una aseguradora, una hipoteca, la puesta en garantía de un bien u otro tipo de modalidad.
Los abogados de los favorecidos se presentaron hoy por ante la Secretaría de la SCJ en procura de la entrega del dispositivo, para determinar los pasos a seguir en procura de obtener cuanto antes la libertad de sus clientes.
Para el pago de las fianzas es necesario, por lo menos, el dispositivo de la resolución, a los fines de que pueda ser presentado por ante una compañía aseguradora o en la instancia que ordene el tribunal.
Andrés Bautista
Entre los que diligenciaban la entrega de la resolución figuran los abogados Carlos Salcedo y Antoliano Peralta, defensores del presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Andrés Bautista. También el abogado Rafael Suárez, representante de Máximo D`Oleo.
“Estamos trabajando en lo de la resolución y lo de la póliza. Lo primero y determinante es la resolución sin la cual no hay póliza, ni libertad”, precisó Peralta.
Mientras que Suárez recordó que en la resolución oral no se precisa la modalidad de la fianza a pagar, por lo que es necesario la entrega del dispositivo de manera escrita.
El tribunal dispuso la libertad mediante el pago de sendas fianzas de Temístocles Montás, Ruddy González, Radhamés Segura, Andrés Bautista, Máximo D´Oleo Ramírez y César Sánchez.
Mientras ratificó la prisión contra el empresario Ángel Rondón y el exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa. Al abogado Conrado Pittaluga le cambiaron la prisión en la cárcel de Najayo por arresto domiciliario.
El dispositivo establece para Montás, González, Bautista y Segura, presentación periódica durante nueve meses por ante la Procuraduría de Persecución de la Corrupción Administrativa, así como una fianza de 15 millones de pesos e impedimento de salida del país. Esas disposiciones según el tribunal, están establecidas en el Código Procesal Penal.
En tanto que a Sánchez le impusieron las medidas establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, consistente en el pago de 10 millones de pesos como garantía económica, impedimento de salida del país y presentación periódica.
A D´Oleo Ramírez el tribunal le impuso las medidas establecidas en el artículo 226 del Código Procesal Penal, numerales primero, segundo y cuarto, consistentes en una fianza por cinco millones pesos como garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica.
En tanto que a César Sánchez, le impusieron una garantía económica de 10 millones de pesos, presentación periódica e impedimento de salida.
En torno a la investigación, la Procuraduría informó que ha buscado la colaboración de las autoridades de Estados Unidos y de Brasil, pero no especificó si de esas naciones se encuentran fiscales en el país.
UN APUNTE:
El pago
En materia de derecho, fianza y garantía económica es lo mismo, por lo que los beneficiados con la decisión de la Suprema Corte de Justicia sólo deben pagar una prima del 10% del monto impuesto por la Segunda Cámara Penal.