El presidente de la Cámara de Diputados, Radhamés Camacho, miente al país al insistir en que hizo su declaración jurada de bienes dentro del plazo establecido por la Ley 311-14 sobre presentación jurada de patrimonios.
El Nacional posee un extracto de copia de dicha declaración, la cual indica que la depositó el 28 de septiembre de este año, 12 días después del vencimiento del plazo establecido por la citada ley, que precisa que debe hacerla los 30 días siguientes a la toma de posesión.
Camacho tomó posesión como presidente de la Cámara de Diputados el 16 de agosto de este año, lo que indica que debió presentar su declaración jurada de bienes a más tardar el 16 de de septiembre, pero lo hizo el 28 de dicho mes.
El dato es corroborado por el presidente de la Cámara de Cuentas, Hugo Álvarez Pérez, quien dijo que Camacho hizo su declaración jurada de patrimonio fuera del plazo establecido por dicha ley.
“El presidente de la Cámara de Diputados, él la hizo, la hizo fuera del plazo, pero la hizo”, manifestó Alvarez Pérez, consultado por El Nacional sobre las afirmaciones de Camacho.
Álvarez Pérez recordó que la Ley establece 30 días para la entrega de dichas declaraciones, pero que el presidente de la Cámara de Diputados la depositó a los “cuarenta y tantos días”.
Sin embargo, Camacho insiste en que hizo su declaración jurada de bienes en el tiempo establecido por la citada ley, pero sin precisar la fecha.
El artículo 5 de la Ley 311-14 expresa que en cuanto a la declaración jurada inicial, “los funcionarios públicos obligados a declarar tienen que presentar, dentro de los treinta (30) días siguientes a su toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal”.
Aumento de fortuna
La declaración jurada de bienes de Camacho de este año indica que posee un patrimonio neto de 87 millones, 708 mil 11 pesos con 40 centavos, lo que es 150 por ciento más que la que dio a conocer en 2010, cuando hizo su última declaratoria, lo que ha motivado la crítica de diversos sectores de la sociedad.
El Nacional trató esta mañana de conocer su reacción ante las críticas externadas al respecto y quedó de responder a través de su relacionista, pero hasta este mediodía no lo había hecho.
El artículo 14 de la Ley 311-14 indica que el funcionario obligado a presentar declaración jurada de su patrimonio y no lo haga en el plazo establecido, incurrirá en faltas graves o de tercer grado.