Opinión Articulistas

Control de Precios

Control de Precios

Hugo Ysalguez

Cuando ejercía las funciones de juez de paz en el año 1982, existía la ley 13 del año 1963, cuya esencia establecía un control de precios de los artículos de primera necesidad, a los fines de que los consumidores no fueran afectados por el inconmensurable afán de lucro de muchos comerciantes que elevaban los costos de los productos de mayor consumo, encareciendo la canasta familiar.

La Dirección de Control de Precios, adscrita en la entonces secretaria de Industria y Comercio, contaba con miles de inspectores a nivel nacional, supervisando, de manera discreta, los negocios para verificar que las mercancías se vendían a los precios establecidos por la ley, y cuando comprobaban una violaciones levantaban un acta y sometían al propietario del negocio por ante el Juzgado de Paz de la jurisdicción correspondiente, siendo condenado a una multa proporcional al valor de las existencias de mercancías de la entidad comercial.

Los inspectores de Control de Precios, tenían fe pública y sus actas tenían el valor de veracidad hasta inscripción de falsedad, principio que obligaba a los jueces a darle fidelidad y condenar al infractor a una sanción pecuniaria, cuyo monto no era excesivo, pues generalmente los sometidos eran dueños de colmados, donde acudían la mayoría de los moradores de los barrios humildes diariamente a comprar los alimentos.

Al parecer, la ley que crea la dirección de Protección al Consumidor la abrogó el texto legal objeto de este escrito, lo que dejó desprotegida a la gran población, ya que la función principal del nuevo organismo es defender a los clientes de la publicidad engañosa, de que los equipos vendidos por empresas comerciales no sean defectuosos, comprobar que los productos de cualquier renglón tengan fechas vencidas y otras atribuciones.

Carecemos de un marco legal para combatir el agiotismo y la carestía, dado que los especuladores provocan alzas injustificadas en los productos de mayores demandas, ocasionando el desembolso de más dinero para poseer la canasta familiar, lo que a su vez origina menor poder adquisitivo de los sectores de clase media y baja, elevando los niveles de pobreza.

De manera, pues, se impone que el Poder Ejecutivo que debe velar por la alimentación del pueblo, elabore un proyecto de ley para evitar las alzas desmedidas de los artículos de mayor consumo, evitando así malestares sociales innecesarios.