Articulistas

Histórica sentencia

Histórica sentencia

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) se declaró incompetente para conocer el fondo del proceso seguido a cinco de seis imputados en el caso de Odebrecht porque esos justiciables no ostentan ninguna de las condiciones establecidas en la Constitución para poder dispensarles el privilegio de jurisdicción, por lo que dispuso el envío de sus casos a un tribunal ordinario.

En virtud de esa sentencia, definida como histórica, sólo el expediente del senador Tommy Galán será conocido por la segunda sala penal de esa alta corte, por lo que los otros acusados, Angel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista, Conrado Pittaluga y Roberto Rodríguez, enfrentarán juicio en una sala penal de primera instancia.

Ese fallo rompe de manera radical con una dilatada jurisprudencia de la Suprema Corte, en virtud de la cual el caso de uno o varios imputados con privilegio de jurisdicción arrastraba a los demás encartados en un mismo expediente, aunque al momento de su procesamiento no cumplieran con las formalidades señaladas en el numeral 1 del artículo 54 de la Carta Magna.

Pese a que fueron encartados en un mismo expediente, el senador Galán será juzgado en una de las salas penales del alto tribunal, mientras los otros procesados deberán responder ante un tribunal de primera instancia, por lo que podrán acceder a vías de derecho vedadas en la jurisdicción de privilegio, como los recursos de revisión, apelación y casación.

En el caso del senador Galán, la sentencia de la SCJ establece que el pleno de esa corte queda reservado para el conocimiento de un posible recurso de casación, como garantía de su derecho a recurrir la decisión que se produciría en única instancia.

Sin importar la trascendencia que se atribuya al caso Odebrecht, sobre supuestos sobornos por 92 millones de dólares que esa constructora brasileña habría distribuido entre funcionarios y legisladores, ese fallo, que elimina el arrastre en los casos de privilegio de jurisdicción, se define como histórico, toda vez que la SCJ rompe de manera radical con su propia jurisprudencia.

Posiblemente, el cordón umbilical de tan trascendente sentencia sea la decisión del juez especial Francisco Ortega, que eliminó del expediente de Odebrecht la acusación de asociación de malhechores, lo que virtualmente imposibilitaba la conexión entre el imputado con privilegio de jurisdicción y los demás encartados enviados por la SCJ a jurisdicción ordinaria.

La pronunciada ayer por la Suprema Corte ha sido una sentencia polémica, cuyo texto amerita de profundos estudios por parte de la comunidad jurídica, a los fines de poder establecer su pertinencia y rango de jurisprudencia historia y, sobre todo, si se trata del inicio de una gran revolución emprendida por el pleno de esa Alta Corte en la dirección de revisarse a sí misma.

El Nacional

La Voz de Todos