En torno a los legisladores se concitan interesantes discusiones jurídicas que versan sobre distintos aspectos de su ejercicio como tales. Una de las principales, gira en torno a quién pertenece el escaño conquistado, si al partido que postuló al candidato, o a la persona del elegido.
El asunto adquiere mayor importancia ante una práctica que se ejecuta con frecuencia: Legisladores renuncian a sus curules y cabildean para que se designe como sustituto un familiar cercano. El mecanismo constitucional para dicho reemplazo está claro. El partido que postuló al legislador somete a la cámara correspondiente una terna dentro de la cual será escogido el reemplazante.
Ese procedimiento permitiría deducir que el escaño corresponde al partido al que pertenece el funcionario electivo a ser sustituido. Eso no es así. El espíritu de esa prerrogativa es facilitar el proceso de suplantación, siendo lógico que los nombres procedan de la organización partidaria por la que se postuló el sustituido, pero eso no es atributivo de propiedad del cargo.
Legisladores renuncian y cabildean para que un familiar ocupe el cargo
Para determinar la respuesta correcta a la incógnita que intentamos despejar tenemos que remitirnos a la naturaleza jurídica del origen que hizo surgir la elección de los legisladores. Estos son mandatarios elegidos mediante voto directo de los electores, quienes son sus mandantes, lo cual, ha quedado reforzado con la eliminación del voto de arrastre y la introducción del preferencial.
En el sentido anterior, en buen derecho, ante la cesación del mandatario, al margen de la causa que la provoque, quien puede decidir sobre el curso del mandato es quien lo otorgó, es decir, los ciudadanos. Es innegable la dificultad práctica de acudir al mismo procedimiento para que esos mandantes determinen a quien seleccionar. De ahí la solución dispuesta por el constituyente de que el partido presente opciones para la nueva designación.
La actitud con mayor valor democrático ante la situación surgida es que la entidad partidaria a la que pertenece el congresista a ser sustituido proponga al candidato que siguió en votación al que va a dejar de serlo. No es fórmula perfecta en cuanto al respeto de las reglas del mandato, pero es la que más se aproxima y la que tendría más nivel de legitimidad.
Ojalá se actúe en esa dirección ante la inminencia de sustituir tres diputados que han sido nombrados en otras funciones. Sería una manera de poner punto final al manejo de cargos electivos como si se tratara de patrimonio hereditario.
Por: Pedro P. Yermenos Forastieri
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