Editorial Opinión

Quinta pata al gato

Quinta pata al gato

Gobierno, Congreso, Ministerio Público y Orden Judicial marchan por caminos extraviados en el propósito de imponer un régimen de consecuencia a través de los códigos Penal y Procesal Penal para castigar o sancionar los crímenes y delitos mediante una sana administración de justicia y firme aplicación de la ley.

Esta es la hora y el día cuando aún el Poder Legislativo no ha aprobado un nuevo estatuto que sustituya al vetusto Código Penal que data de más de 200 años, a pesar de que urge identificar y establecer sanciones punitivas frente a nuevos tipos de infracciones o incrementar las penas estipuladas frente a otras violaciones penales.

Por varios años ese proyecto ha sido prisionero en gavetas congresuales sin que se explique a la sociedad las razones por las cuales se le niega un instrumento esencial para garantizar la gobernanza, seguridad ciudadana y el régimen sancionador frente a tipos de crímenes, delitos o infracciones de simple policía.

El Senado y la Cámara de Diputados aprobaron la Ley de Extinción de Dominio, un estatuto que permitiría el decomiso de bienes muebles e inmuebles obtenidos por vías ilícitas, que entraría en vigencia dentro de nueve meses, pero no han expresado igual voluntad política en favor del nuevo Código Penal. ¿Por qué?

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Sin ejercer presión para que la mayoría legislativa oficial ofrezca su bendición a un estatuto indispensable para salvaguardar la convivencia civilizada, el Poder Ejecutivo anuncia que enviará al Congreso un proyecto de ley de modificación del Código Procesal Penal (CPP), al que culpa del incremento de la delincuencia y criminalidad.

La propuesta de revisión del CPP podría tardar más tiempo que el Código Penal en ergástulas legislativas, porque se le acusa de ser “muy garantista” de los derechos de procesados, con lo que se corre el riesgo de retornar a la cultura “del tránquenlo”, expresada en el viejo Código de Procedimiento Criminal.

No se aprueba un nuevo Código Penal que aumenta las penas en infracciones como el asesinato, peculado y sicariato, que dispone sumatoria de penalidades, que inserta delitos de última generación y garantiza protección a la mujer, pero se pretende modificar al CPP bajo el alegato de permisivo.

El CPP es un código civilizatorio, garantista del derecho al debido proceso, a la defensa, a los plazos razonables, a la prisión como excepción y no como regla, en un contexto en el cual los jueces examinan pruebas de cargo y de descargo y pronuncian libremente su sentencia. Basta de buscar quinta pata al gato.

El Nacional

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