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Rechazan fallo de desalojo 6 villas en Puerto Plata

Rechazan fallo de desalojo 6 villas en Puerto Plata

Abogados Tania Colombo y Fernán Ramos Peralta. fuente externa

Como  un adefesio jurídico que atenta contra  la inversión extranjera fue calificada una sentencia de la  Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata,  que dispone la adjudicación y desalojo de 6 villas turísticas, ubicadas en Cofresí.

  Los doctores Fernan Ramos Peralta y Tania Colombo, abogados de los que alegan ser los propietarios reales de los inmuebles afectados, consideraron como  irregular la  sentencia del juez de Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata que busca ejecutar un embargo inmobiliario y desalojo, violando el proceso debido de ley y la tutela judicial efectiva.

Dijeron que dicha sentencia, dictada por el juez  Nassin Eduardo Ovalle, vuelve a poner en tela de juicio la seguridad jurídica en ese destino turístico y activa la alarma “y preocupación” de inversionistas extranjeros.

Expresaron que dicha sentencia fue dictada  sin observar ningunas de las garantías del debido proceso y la tutela judicial efectiva, a favor de a una compañía extranjera, sin registro nacional de contribuyente,  ni registro mercantil, a pesar de tener operaciones comerciales en el país.

 Ramos Peralta y  Colombo informaron que las violaciones al debido proceso van desde falta de notificación a los acreedores inscritos y causahabientes de la deudora con litis inscritas previas al registro del título ejecutorio y del embargo, violación al artículo 691 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, irregularidad de fondo en el acta de embargo, entre otras faltas graves.

Tras anunciar que impugnará la decisión por todas las vías de derecho, los juristas expresaron que sentencias tan cuestionables como esa “hacen más daño que bien” a Puerto Plata como destino turístico y de inversión, ya que a su juicio, alejan la inversión en momentos en que el gobierno y el sector privado hacer un gran esfuerzo para recuperar el destino y atraer mayor capital a la costa norte.

“No entendemos cómo la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata pudo emitir una sentencia a favor de una sociedad extranjera, sin tan siquiera verificar si tenía personería jurídica.