En los corrillos judiciales se rumora que el exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez y los demás imputados del caso Medusa serán beneficiados con un supuesto acuerdo político que implicaría la variación de la prisión preventiva y devolución de bienes.
El convenio supuestamente ha sido socializado entre dirigentes de los partidos Revolucionario Moderno (PRM) y de la Liberación Dominicana (PLD).
El rumor ganó terreno cuando se varió de prisión preventiva a domiciliaria a imputados de los casos Antipulpo, Coral, Coral 5 G y otros de corrupción cometidos en las administraciones del expresidente Danilo Medina.
A partir de la variación de la prisión preventiva a Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente Medina y principal imputado del caso Antipulpo, los procesos por corrupción administrativa han dado un giro de 180 grados y, desde entonces, los jueces están variando la prisión preventiva a todos los encartados.
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Bajo el principio de que la ley debe medir a todos con la misma vara, los tribunales se ven compelidos a sustituirle la prisión preventiva a Jean Alain Rodríguez y a los demás imputados que están en las mismas condiciones.
Fiscales y jueces
Las últimas decisiones de casos de corrupción emanadas de los tribunales han agrietado las relaciones entre el órgano acusador y los juzgadores, ya que el primero entiende que algunos magistrados son benevolentes y que no aportan nada a la lucha contra la corrupción.
Caso inoperante
A pesar del amplio trabajo que ha realizado el Ministerio Público en el caso Medusa, todo parece incitar que el mismo será imposible, no solo por la cantidad de imputados, sino por los miles de documentos que hay que conocer y los múltiples incidentes que presenta la defensa de los imputados, hasta en el inicio del proceso. Hasta para un aplazamiento hay que agotar una audiencia de un día de debate.
Ayer el juez del Tercer Juzgado de la Instrucción otorgó una serie de plazos para que las defensas por los inconvenientes que han tenido con el disco duro contentivo de los elementos de pruebas acudan al Ministerio Público a corregirlos con asistencia de técnicos de la institución, la cual deberá rendir un informe sobre lo previamente ordenado.
Advirtió que elementos de pruebas que no hayan sido puesto en común posterior a este fallo “no podrán ser oponibles a las partes”.
El juez Amaurys Martínez dispuso estas y otras medidas, tras rechazar la reposición de plazos por un año, y la reproducción total del universo de las pruebas, solicitadas por el exprocurador Jean Alain Rodríguez y todos los demás encartados en el caso de corrupción administrativa.
Dijo que acogió el pedimento bajo la condición de un plazo razonable, objetivo y lógico que pueda dar lugar a que el proceso se preceptúe con lo que establece el artículo 8 del Código Procesal Penal (CPP).
En cuando a la reproducción total del universo de las pruebas, afirmó que es contraria a lo previsto en el artículo 40.15 de la Constitución referente al principio de razonabilidad, dada la densidad y volumetría de los mismos alrededor del caso.
No obstante, dijo que es deber procesal del MP asistir a la parte adversa cuando se apersone a observar los insumos probatorios que sean señalados en el expediente.
Obstáculos
El juez Amauri Martínez Abreu reenvió la audiencia luego de más de 7 horas de debates en los que el Ministerio Público, representado por la directora de Persecución Yeni Berenice Reynoso, acusó al exprocurador de obstaculizar el proceso con el único fin de buscar su impunidad.