Para las elecciones de candidaturas plurinominales de diputados territoriales y regidores, se emplean circunscripciones electorales intraprovinciales o intramunicipales, con el objeto de garantizar que los que resulten electos sean de la misma zona de quienes los eligen. Esta subdivisión de provincias y municipios implica circunscripciones electorales más pequeñas y, como se ha visto, arrojarán resultados menos proporcionales.
Por disposición constitucional, para la elección de los diputados territoriales, se asignan como mínimo dos diputados para el Distrito Nacional e igual cantidad para cada provincia, y los restantes se distribuyen en proporción a la población electoral registrada por la Junta Central Electoral.
Para los siete diputados representantes de los dominicanos en el exterior, la ley establece tres circunscripciones electorales, tomando como criterio el aspecto geográfico y la distribución de los ciudadanos dominicanos en el extranjero y en proporción a la densidad poblacional en las distintas ciudades, sin que en ningún caso sean menos de dos los representantes por cada circunscripción. Los diputados nacionales se eligen de un listado nacional por acumulación de votos en el nivel de diputaciones.
Para la elección de regidores, las circunscripciones pueden ser distintas al nivel de diputados, tomando en cuenta la cantidad de habitantes y la extensión geográfica de conformidad a la ley y a la Constitución. En el caso de las vocalías, las circunscripciones son los distritos municipales.
En las elecciones presidenciales, senatoriales, de alcaldías y directores de distritos municipales se utilizan sistemas mayoritarios. Para la elección presidencial, se eligen conjuntamente presidente y vicepresidente y se utiliza un sistema de mayoría absoluta. Si ningún candidato obtiene más del 50% de los votos válidos emitidos, se realiza una segunda vuelta electoral entre las dos candidaturas más votadas. En los demás niveles, se utiliza un sistema de mayoría relativa.
Cuando se trata de la elección de órganos de representación colegiados como el Senado y la Cámara de Diputados, la distritación electoral tiene un impacto significativo en la representatividad del órgano.
Por tal razón, se examina la estructura de las circunscripciones uninominales para la elección de senadores mediante un sistema de mayoría relativa y las circunscripciones plurinominales para la elección de diputados, tomando en cuenta su magnitud, tratándose de un sistema de representación proporcional.
La elección de los representantes ante los Concejos de Regidores de cada municipio y los vocales de las Juntas de Distritos Municipales, responden a otra dinámica que no serán objeto de análisis en este trabajo.

