Angel Rondón Rijo y Víctor Díaz Rúa, descargados el viernes por la Suprema Corte de Justicia. (Archivo)
Santo Domingo.- Con la absolución de Ángel Rondón Rijo y Víctor Díaz Rúa por parte de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), queda sin sanciones el caso de los “sobornos” por más de 90 millones de dólares que la constructora Odebrecht admitió haber pagado en República Dominicana a cambio de contrataciones de obras.
Por dicho caso, el único que quedaba condenado era el empresario Rondón Rijo, puesto que Víctor Díaz Rúa fue descargado del expediente y solo condenado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos.
Del expediente, solo sale brevemente lesionada la firma constructora Odebrecht, ya que admitió haber pagado 92 millones de dólares en sobornos en República Dominicana, dinero que, mediante acuerdo, se comprometió a pagar al Estado dominicano, pero incumplió y solo pagó una parte.
En primera instancia, Díaz Rúa fue encontrado culpable de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, por lo que fue sentenciado a 5 años de reclusión y al pago de 200 salarios mínimos, mientras que Rondón Rijo fue condenado a cumplir la pena de ocho años de reclusión y al pago de una multa equivalente a 200 salarios, tras ser declararlo culpable del crimen de soborno nacional y lavado de activos.
En cuanto al abogado Conrado Pittaluga, el tribunal dictó una resolución de absolución.
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Dichas penas y el descargo de Pittaluga fueron ratificados por la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por lo que el caso fue recurrido por ante la Suprema Corte de Justicia, la cual el viernes dio a conocer su decisión, que consistió en casar el caso sin envío y abocarse a conocerlo, decidiendo la absolución de Rondón Rijo y Víctor Díaz Rúa, a quienes deberán devolverles los bienes incautados, que incluyen lujos yates, empresas y fincas.
Según documentos publicados por el Departamento de Justicia de Estados Unidos, funcionarios de Odebrecht admitieron haber pagado aproximadamente US$788 millones en sobornos en 12 países de América Latina y África, incluyendo República Dominicana.
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Los sobornados
Con la sentencia dictada el viernes por la SCJ, el país se queda sin saber quienes fueron los sobornados por la constructora Odebrecht, entre los cuales figuraban legisladores y funcionarios de los gobiernos de Hipólito Mejía y de Leonel Fernández.
Dicho caso, criticado por muchos por la forma como fue elaborado por la Procuraduría General de la República, se fue diluyendo en el tiempo, hasta concluir con una sentencia final en donde todos los imputados quedaron libres de cargos.
El caso Odebrecht en República Dominicana comenzó con 14 imputados en el 2017 y tras cuatro años y cinco meses se obtuvo sentencia solo para Rondón Rijo, en vista de que en el caso de Díaz Rúa fue descargado del expediente, pero condenado por enriquecimiento ilícito y lavado de activos, hechos de los cuales, ahora resultó absuelto.
El expediente se comenzó a instrumentar el 29 de mayo de 2017, con los apresamientos de Víctor Díaz Rúa, ex ministro de Obras Públicas; Andrés Bautista, ex presidente del Senado; Temístocles Montás, ex ministro de Economía; Roberto Rodríguez, ex director del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa); Radhamés Segura, ex vicepresidente ejecutivo de la CDEEE; César Sánchez, ex administrador de la CDEEE; Ruddy González, ex diputado; Ángel Rondón, empresario y representante de Odebrecht; Máximo D’ Óleo, ex administrador de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid) y Conrado Pittaluga, abogado y notario.
Los otros cuatro imputados eran: Bernardo Castellanos y los en ese entonces legisladores Julio César Valentín, Tommy Galán y Alfredo Pacheco.
En las imágenes quedaron registrados los apresamientos y el traslado de los imputados hacia el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
Con el tiempo, la mayoría fue excluida del expediente y otros descargados por la justicia.
Y… ¿Quién paga ahora los platos rotos?
Esta es la pregunta obligada ante la declaratoria de absolución de la Suprema Corte de Justicia en favor de los imputados.
La pregunta surge en vista de que los declarados no culpables y otros que en principio estuvieron en el expediente, agotaron un largo período de ocho años en los tribunales, incluyendo el tiempo que pasaron preso con medidas de coerción y aguantando el descrédito del Ministerio Público.
El derecho al honor, al respeto y al buen nombre parece poco importar cuando al Ministerio Público se le ocurre iniciar una investigación contra un sospechoso de la comisión de un delito, proceso que debe estar cubierto por el sagrado manto del secreto, sobre todo por aquello de la presunción de inocencia y por si acaso en el camino interviene una sentencia de absolución, como ocurrió en este caso.
La difusión de la acusación y arresto de los imputados es algo que se realiza de manera alegre, sin tomar en cuenta familias, derecho a la preservación del buen nombre y a la presunción de inocencia.