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Auditoría en PC se basó en busca de posibles fallas

Auditoría en PC se basó en busca de posibles fallas

La auditoría estableció que el cronograma de construcción de la central tuvo un retraso acumulado de 18 meses.

El Ministerio de Energía y Minas dio a conocer parte de las conclusiones de la auditoría realizada  a la Central Termoeléctrica Punta Catalina por la empresa  Sargent & Lundy en donde  dijo  que ha revisado la obra “centrándose en la construcción real del consorcio, la instalación de equipos, las pruebas y los aspectos de la ejecución del proyecto que pueden afectar la calidad y la confiabilidad de la instalación”.

La  consultora dijo que “se  revisó el montaje y puesta en marcha de estos sistemas por parte de nuestros expertos en la materia, quienes realizaron una revisión exhaustiva de documentos de construcción, como los informes de inspección de control de calidad QA/QC del consorcio, libros de datos, informes del ingeniero del propietario (Stanley Consultants), informes de progreso mensuales del Consorcio (integrado por Odebrecht, Technimont y Estrella),  y la documentación de los sistemas principales transferida a la CDEEE, (operador) al final de la construcción”.

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Citó que  como señaló el ingeniero del propietario (Stanley Consultants) “durante la ejecución del proyecto, se identificaron muchos problemas de construcción que requerían la repetición de tareas”.

No obstante, a los temas anteriores,  en el informe que fue preparado para la Corporación dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), disuelta por una ley, se dice que “hemos encontrado que en general, el consorcio ha construido y puesto en servicio los equipos de Punta Catalina de tal manera que se han demostrado las garantías de desempeño”.

“Sin embargo, en nuestra revisión hemos observado que algunos de los medios, métodos y control de calidad del Consorcio diferían de las mejores prácticas de la industria y que estas variaciones pueden presentar riesgos futuros para el rendimiento, la confiabilidad y la disponibilidad y la vida útil de la planta”, se indica en el informe. 

Es la opinión de Sargent & Lundy,  la aceptación final de la planta debe otorgarse solo después de que: 1) se hayan cumplido todos los requisitos contractuales definidos en el contrato EPC, y 2) todos los elementos de la lista de verificación abierta se hayan cerrado a satisfacción de CDEEE.

Observa también que  “si bien no fue un enfoque importante de esta revisión técnica, el desempeño del cronograma del Consorcio para Punta Catalina fue deficiente, con un retraso acumulado en la aceptación provisional de la planta de aproximadamente 18 meses.

La falta de una planificación eficaz de un proyecto de esta complejidad puede dar lugar a una calidad inaceptable, además de rehacer trabajos ya elaborados innecesariamente que lleva a sobrecostos”.

Destaca que “es probable que la incapacidad del Consorcio para cumplir con el cronograma de ingeniería, adquisiciones y construcción haya afectado negativamente la calidad de la planta. S&L entiende que hubo muchos retrasos significativos en el cronograma que pueden o no haber sido responsabilidad exclusiva del contratista EPC”.

Presiones

“Sin embargo, reconocemos que las presiones del cronograma pueden afectar la calidad del equipo montado si estas presiones conducen a inspecciones de control de calidad apresuradas, reducidas o no hechas”, se indicó en el resumen de la auditoría divulgado por la Dirección de Comunicación Estratégica del Ministerio de Energía y Minas.