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Aún no registran el primer contrato trabajo doméstico

Aún no registran el primer contrato trabajo doméstico

Por primera vez en el país, labor de la doméstica será formalizada y con salario mínimo.

A seis días para vencerse el plazo para la formalización del trabajo doméstico en el país, todavía no se ha registrado el primer contrato en esa dirección por ante el Ministerio de Trabajo, iniciativa que precisa un salario mínimo de 10 mil pesos a ser pagados en un periodo no mayor a un mes.

La regularización de la labor doméstica fue dispuesta por el Ministerio de Trabajo mediante la resolución 14-2022 del Ministerio de Trabajo, del pasado 24 de agosto.

El Nacional se comunicó con esa cartera, la cual comunicó que no se ha producido el primer registro laboral.
El primero de septiembre, en San Francisco de Macorís, el presidente Luis Abinader, acompañado del ministro de Trabajo Miguel De Camps, anunció que se formalizaría el trabajo doméstico, para crear la igualdad de condiciones entre todos los trabajadores dominicanos.

“Con este paso hemos dado un salto de gigantes en la configuración del Estado de bienestar que queremos dejar como legado a las nuevas generaciones”, resaltó el jefe de Estado en ese momento.

Se estableció en la resolución que en un plazo de 90 días, debería establecerse el registro de la empleada doméstica, sin embargo, los empleadores aún no lo han hecho. Se desconoce si se producirá un prórroga para completar ese proceso burocrático.

Contratos y guía
Para poner en contexto, el Ministerio elaboró una guía en la que se establecen los pasos a seguir para que el contrato.
En tal sentido, dice que debe existir un contrato firmado por ambas partes que fije el tipo de trabajo a realizar, el horario, salario y periodo de vacaciones.

El empleador debe dirigirse a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y registrar a su empleada u empleado, donde se le asignaría un código que luego debe ser depositado y asentado el Ministerio de Trabajo, junto a una copia del contrato o formulario (preferiblemente por escrito) y una fotocopia de la cédula de identidad de ambos para registrarlo en la Dirección General de Trabajo (DGT).

La guía, elaborada por dicho Ministerio, señala que si alguno de los dos, no tiene cédula de identidad, se puede entregar una copia del pasaporte u otro documento de identidad con validez legal. También se tiene la opción de realizar el contrato en la computadora y enviarlo por correo electrónico.

En dicha guía, elaborada por el Ministerio, se deja claro que se debe incluir nombres y apellidos completos, direcciones de ambos, números de cédula, pasaporte u otro documento con validez legal y la dirección del lugar o lugares de trabajo habituales.

También fecha de inicio del contrato y por cuánto tiempo trabajaría, y si no se tiene tiempo definido, entonces no es necesario agregarlo.

Otros elementos importantes que deben ser establecidos en la estipulación laboral es el tipo de trabajo que realiza en la casa, el salario, cómo este se va a calcular y cada cuanto tiempo va a pagar (quincenal, mensual o semanal).

En cuanto a la jornada de trabajo diario, existen intervalos de dos horas de descanso: de 6:00 a. m., a 9:00 a. m., 11:00 a. m., a 2:00 p. m., y de 6:00 p. m., a 8:00 p. m., para un total de 8 horas al día. También incluye las vacaciones al cumplir un año en sus labores.

UN APUNTE

Resolución
La resolución de las autoridades fue publicada el 24 de agosto por el Ministerio de Trabajo, y en su artículo tres dice que la presente entraría en vigencia tres meses después de darse a conocer, culminado el plazo este 24 de noviembre, sin tener el primer registro.

Ronny Mateo

Confiando en una sociedad más justa. Periodista de larga experiencia