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Lenguaje jurídico para no abogados

Lenguaje jurídico para no abogados

Santo Domingo.- En el artículo titulado Derecho y lingüística, ¿dos polos separados?, publicado en el periódico El Nacional, expresé que aunque reconozcamos la capacidad que tiene la técnica jurídica para determinar el significado de los términos jurídicos, eso no significa que el derecho es un nuevo universo que rompe con el anterior estado de cosas (las reglas del sistema lingüístico), debido a que el lenguaje jurídico no es autónomo […]. En síntesis, indiqué que el lenguaje jurídico se relaciona con el lenguaje ordinario.

Con ello no quiero simplificar al lenguaje jurídico, reduciéndolo a tal extremo que de este no quede nada más que el recuerdo. No se trata de que lo desplacemos intentando hablar de una manera más convencional o popular. Ni mucho menos de convertirnos en “hablantes amigables”, sino que tengamos siempre presente que ni uno ni el otro (el lenguaje jurídico y el lenguaje ordinario) son universos aislados.

De lo que se trata es de que no seamos partidarios de crear una especie de elitismo en el uso del lenguaje jurídico, en el que pareciera que la comprensión jurídica solamente debe estar en manos de los abogados, pues no nos formamos para eso, sino para estar al servicio de las personas a través de las herramientas que proporciona el derecho.

De manera que, no sería irrelevante o contraproducente acercar más el lenguaje jurídico a los usuarios del sistema de justicia. Todo lo contrario.

Aplicándolo a un terreno más práctico (en el ámbito de los procesos judiciales), recordemos que las partes son los verdaderos protagonistas de los procesos, lo que implica que a pesar de que los abogados utilicemos términos típicos y propios del argot jurídico, no debemos olvidar el hecho de que generalmente dichos términos son parcial o completamente desconocidos para las partes.

En ese sentido, es importante señalar que le debo los créditos (con intereses) del título de este artículo a una persona que fue parte de un proceso, a quien contacté para explicarle algunos aspectos sobre el estado en el que se encontraba su proceso.

La señora me escuchó muy atenta y sin interrupciones, por lo que pensé que no era necesario hacer pausas para desdecir lo dicho, pero no fue así, ya que mientras yo creía que ella comprendía todo lo que yo le estaba comentando, ella irrumpió el silencio y esperó el momento perfecto para hacer la gran interrogante, ¿sabe usted cuál fue su respuesta?

Ella solo contestó “¿y qué significa?”, pregunta que llegó como una avalancha en la que me vi precipitada a reformular todos los detalles explicados (pero en esa segunda ocasión me propuse ser más minimalista e ir directamente al punto del asunto). Además, intenté (tanto como pude) decirle las mismas cosas, pero en palabras más llanas y comprensibles para ella.

Justo en ese momento comprendí que parte de humanizar esta bellísima carrera profesional implica tener en cuenta a los destinatarios del mensaje que deseamos transmitir, puesto que es importante colocarnos en su posición y hablar un lenguaje ligeramente similar (sin que renunciemos totalmente a la esencia del lenguaje jurídico). 

Y voy mucho más lejos, que una persona no entienda el estatus en el que se encuentra su proceso judicial podría costarle la libertad y, en consecuencia, esa situación también podría dejarla en una especie de limbo, en un estado de indefensión por falta de conocimiento.

Por ejemplo, mucho se dice que el cliente debería de sincerarse y ser claro con su abogado, para que este último (en su alegada obligación de medios) ejerza una eficiente defensa técnica, pero esa obligación no es unilateral, sino bilateral. En definitiva, no se pierde la vocación por intentar ser más claros y llanos siempre que la situación y el destinatario del mensaje lo ameriten.

La autora es abogada

Por: Nicole Mateo
nicolemateo22@hotmail.com

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