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Nuevas generaciones y las elecciones de 2024

Nuevas generaciones y las elecciones de 2024

Por: Andrés Fortunato Victoriá
andresfortunato48@hotmail.com

Ya se ha repetido una y mil veces: “Los grandes estadistas piensan en las nuevas generaciones, mientras que los que no lo son, piensan en las nuevas elecciones”. No obstante a esa verdad inequívoca, aquí se está pensando más en las elecciones del 2024, que en el futuro de las nuevas generaciones. Y eso es una pena… una gran pena… y grave. Ya lo veremos cuando nos estemos poniendo las manos en la cabeza.

Un ejemplo claro es que todos los grupos de poder concentrados en los partidos, están trabajando activamente, para las elecciones próximas, sin que, de acuerdo a la Junta Central electoral, se pueda hacer nada para detenerlos.

Mientras todo esto ocurre, las grandes masas de la población son víctimas de la exclusión en las tomas de decisiones, ya que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos a que pertenecen, tienen unas superestructuras caudillistas que decide todo y unas bases inertes, excluidas y manipuladas. Las soluciones se adaptan al margen de sus discusiones y acuerdos consensuados o mayoritarios, pues no existe en ellos la democracia interna, ni la transparencia a que los obliga el artículo 216 de la Constitución.

Esto demuestra que, políticamente, somos una sociedad anómica donde la regla es la no regla. Por ejemplo, el artículo 34 de la Ley 33-18, en su único párrafo señala que: “Los partidos están en la obligación de contribuir a la formación política y al adiestramiento técnico de los ciudadanos en los asuntos de Estado, a la instrucción de sus integrantes en la ideología partidaria  y a la difusión  de los valores cívicos y patrióticos”. Pero esto no se hace. A nadie le importa. Bueno.

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Todo lo señalado en el párrafo anterior es con el objeto de  “formar ciudadanos con profunda vocación de servicio al país, dotados de la necesaria competencia y convicción democrática, para el desempeño de las funciones públicas”. Y, para garantizar los propósitos señalados, la misma ley plantea en su artículo 62, numeral 1, que “No menos de un diez por ciento (10%) de los recursos económicos entregados a los partidos, será destinado a los gastos de  educación y capacitación”.

Como se ve, si pensáramos en las nuevas generaciones, esto sería obligatorio, porque solo cumpliendo rigurosamente con esas normas, podríamos tener mañana un Congreso que “fiscalice y controle los fondos públicos”, como muy bien lo establece el artículo 93, numeral 2 y el artículo 246 de nuestra Constitución, y así garantizar que se le dé cumplimiento al artículo 146 de la misma, el cual nos habla de la “Prescripción de la corrupción”.

La Junta Central Electoral podría apoyarse en la violación al mandato de los artículos 216 de la Constitución y al 34 de la Ley 33-18, referente a la práctica de la democracia interna, la transparencia y la obligatoriedad de la educación, para amparada en el incumplimiento de estos mandatos, aplicar lo que establece el artículo 67, referente a las funciones de la “Unidad Especializada de Control Financiero”.

Y si estos no cumplen con lo obligado por la ley y la Constitución, se le podría impedir el acceso al financiamiento del Estado, hecho este, que les obligaría a darle cumplimiento, tanto a la democracia interna como a la transparencia y la educación. Y lograr que se pueda “Contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana”, para que esta pueda depurar antes de votar, por candidatos y candidatas que puedan “Servir al interés nacional”. De lo contrario, no entregarle los fondos.

Siendo así, pensando en las futuras generaciones, la Junta Central Electoral podría declarar nulas muchas de las acciones que se están haciendo a destiempo en los partidos, apoyándose en lo establecido por el artículo 6 de la Constitución, cuando señala que  “Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma supresa y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución”.

El Nacional

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