¿Cuál es el rol del principio de la igualdad soberana y jurídica de los Estados en la diplomacia de hoy?
En la actualidad al principio de la igualdad soberana de los Estados, más que plena vigencia, se le confiere un rol preponderante en el campo de las relaciones diplomáticas.
En el derecho internacional contemporáneo, la igualdad soberana de los Estados es fundamental para expresar la idea de que en virtud de ese derecho y bajo la reserva de obligaciones convencionales que han aceptado los Estados, estos tienen la misma aptitud por una parte para adquirir y ejercer derechos y por la otra para asumir y cumplir obligaciones (expósito).
La “consagración convencional” del principio de la igualdad soberana tiene lugar en la puesta en vigor de la Carta de las Naciones Unidas, que establece: “La Organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus miembros”.
Asimismo, en la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados contenidos en la resolución 2625 (XXV) de la asamblea general, de acuerdo con dicha Carta, se precisa que “todos los pueblos tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y de proseguir su desarrollo económico, social y cultural…”.
Klabbers sostiene que los Estados son los autores soberanos del derecho internacional, y este solo puede ser modificado con la voluntad expresa de ellos. Aunque la soberanía remite a éstos como las unidades originarias y decisivas, en el fondo está partiendo de los pueblos, constituidos en Estados, como los verdaderos sujetos de la legitimación. Desde otra perspectiva, lo que este principio enuncia, fundamentalmente, es la igualdad jurídica de carácter formal de todos los Estados.
¿Podría referirse usted a un acto de naturaleza diplomática llamado vino de honor?
El denominado vino de honor es una actividad que tiene lugar en el ámbito diplomático con distintos motivos, y que suele programarse generalmente cerca del mediodía, pero también con menor frecuencia en la tarde o de noche.
La particularidad de estos actos es que en los mismos se ofrecen a los invitados, básicamente vinos de calidad que pueden acompañarse con bocadillos adecuados para la ocasión.
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Estos actos han sido calificados de formales pero sobrios, a los que puede invitarse solo al funcionario, es decir sin su cónyuge y que podría efectuarse luego de la entrega de las cartas credenciales de un embajador; igualmente para el inicio o clausura de actividades de la misión en el ejercicio de la función de promoción comercial y de atracción de inversiones extranjeras. Asimismo sucede en eventos turísticos o culturales y de difusión de la identidad nacional, entre otros.
Actualmente existe la tendencia a ofrecer, además de los consabidos vinos, otras clases de bebidas alcohólicas (igualmente no alcohólicas), constituyendo esto último una ejecución menos rigurosa de los usos y costumbres en este marco.