Legisladores de distintos partidos presentan esta mañana declaración jurada de bienes./ Foto: Guillermo Burgos
Hasta este mediodía solo 13 senadores de los 32 que componen la Cámara Alta y 43 de los 190 diputados habían hecho su declaración jurada de bienes, informó esta mañana la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.
Hoy a la media noche vence el plazo de un mes que otorga la Ley 311-14 para que los funcionarios electos y servidores públicos que asumieron sus cargos el 16 de agosto pasado hagan su declaración de bienes.
El órgano fiscalizador notificó a 13 senadores y a 39 diputados que sus declaraciones ya fueron evaluadas y ahora deben presentarlas en físico para completar el proceso.
Igualmente informó que otros 6 senadores y 77 diputados iniciaron el proceso de declaración, pero no los han concluido.
Mientras que de los legisladores salientes, solo han declarados 5 exdiputados y un exsenador.
También el organismo recibió otras 51 declaración juradas, cinco de las cuales pertenecen a exdiputados que están obligados por la Ley 311-14 ha realizar su declaración jurada de patrimonio luego que concluyen su gestión.
Del Senado igualmente se recibieron cinco declaraciones juradas, que deben ser evaluadas, de las cuales una corresponde a un exsenador.
La ley establece que hay que realizar declaración jurada al entrar y al salir del cargo para cual electo o bien designado.
En esta ocasión senadores y diputados se han quejado ante lo que definen excesivas exigencias y violación de la privacidad familiar por parte de la Cámara de Cuentas.
Los funcionarios deben depositar información de su cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos.
Entre lo solicitado figuran copia de cédulas, de pasaportes, certificaciones laborales y certificado de elección o documento que acredite la designación en el cargo.
Entre otras cosas está en la obligación de depositar certificaciones bancarias y de inversión. También informaciones relativa a los inmuebles que posean, vehículos de motor, armas de fuego, otros bienes muebles, bienes suntuarios, productos agroindustriales y semovientes.
Las sanciones
Los funcionarios de elección popular, como sería el caso de senadores, diputados, alcaldes y regidores, que no presenten a tiempo su declaración jurada de bienes como establece el artículo 14 de la Ley 311-14, podrían enfrentarse a un juicio político de destitución.
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La normativa es la que instituye el Sistema Nacional Autorizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Públicos.
Igual suerte podrían correr los funcionarios elegidos por el Senado de la República y la Cámara de Diputados o el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) que no cumplan con la citada disposición.