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Atención Ministerio Público

Atención Ministerio Público

Susi Pola

Además de la vigilancia al sistema de atención aplicado a la violencia intrafamiliar, de género y delitos sexuales, el movimiento feminista y de mujeres organizadas e independientes, gestor de las reformas de 1997 al Código Penal, ha promovido las buenas prácticas coordinando históricamente con las instituciones estatales, de manera voluntaria y honorífica la mayoría de las veces, para contener el impacto del fenómeno en el país.

Más de cuarenta años estudiando, observando experiencias en la región y en países más lejanos, investigando y compartiendo aprendizajes en acciones conjuntas.

Hoy, mueve a mucha preocupación el acta de la décima tercera sesión ordinaria del Consejo Superior del Ministerio Público, celebrada el 16 de junio pasado, tomada del Portal de Transparencia, de la Procuraduría General de la República, donde registra: “…la apremiante necesidad institucional de integrar todas las dependencias del Ministerio Público, ordinario y especializado, bajo la dirección de los Procuradores Fiscales Titulares de las Fiscalías y los Procuradores Regionales según corresponda, dando así cumplimiento a nuestro mandato legal”, detallando a continuación siete ítems de argumentos. 

La propuesta razona que, asignar las tareas de los diferentes tipos penales especializados a todos/as los Fiscales y procuradores/as de Corte, haría el trabajo más equitativo y ahorraría espacio y dinero en el pago de alquileres, proponiendo que: “… estas medidas se apliquen iniciando con la integración de los equipos de Fiscales actualmente asignados a Niñas, Niños y Adolescentes, Medio Ambiente, Sistema Eléctrico (PGASE) a las Fiscalías ordinarias y Procuradurías Regionales a nivel nacional”.

Alertamos que, esta propuesta, sin fundamento científico, de aplicarse iría contra todo racionamiento de la lógica al impacto legal de la violencia, intrafamiliar, de género y delitos sexuales, cuya conceptualización necesita de una respuesta especializada y multisectorial del sistema penal, probado en la comunidad internacional en esta materia.

Quien no sepa esto, es porque no se ha enterado del trabajo aplicado mundialmente al fenómeno de la violencia contra mujeres y niñas y niños en los últimos casi cincuenta años. ¿Qué pasa con ese Consejo?

Nuestro país, es signatario de las convenciones sobre Los Derechos del Niño, de noviembre de 1989, y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, “Convención de Belem do Para”, de junio de 1994, ambas ratificadas debidamente

Por: Susi Pola (susipola@gmail.com)

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