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Los trabajadores dominicanos gozan de una protección y seguridad social formal privilegiada, solidaria y envidiable, pero en la realidad, en la práctica de la vida diaria están miserablemente abandonados e inseguros. Y esto sucede sin importar que sirvan en el sector público, con el Estado como empleador, o subordinados por un mísero salario en el sector privado, con los grandes, medianos o pequeños empresarios.
El actual Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS), en teoría, se gana todos los premios como tal en la historia de nuestra nación. Nunca habíamos tenido una legislación tan protectora, desde la creación del Estado dominicano, en 1844, hasta nuestros días. Pero se mantiene como pompa de jabón: maravillosa y, como veleta, a merced del viento de los intereses creados, en su inutilidad.
Ciertamente, y por trágico y paradójico que luzca, es así. El gran poeta chileno y Premio Nobel de literatura Pablo Neruda nos enseñó que las cosas no se arreglan nunca ni con el silencio ni con el olvido. Y el inconmensurable poeta y mártir de la independencia cubana José Martí nos aleccionó en el sentido de que el hombre que calla lo que sabe que está mal socialmente y tiene miedo a decir lo que piensa no es honrado, ni puede ascender al grado superior de humanidad.
Todo nuestro sistema jurídico está planteado para que sea una inmensa vitrina, una bella poesía y una anhelada quimera para ilusos. Si un extranjero se limita a conocer este ordenamiento legal, sin auscultar la realidad social, termina convencido de que esta república es la Atenas del nuevo mundo, sin que tengamos al filósofo Platón ni al célebre Thomas Moro con su utopía.
Para comprobar eso basta con una ojeada a nuestra realidad jurídica. Por ejemplo, el artículo 5 de la Carta Magna consagra: “La Constitución se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y en la indisoluble unidad de la Nación, patria común de todos los dominicanos y dominicanas.”
Más aún, el artículo 7 de la Ley Fundamental instituye: “La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos.”
El siguiente artículo 8, para darle sentido al tipo de Estado que crea, dice: “Es función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.”