QUINTAESENCIA

Reforma laboral

Reforma laboral

Rafael Ciprián

La reforma laboral planteada por el presidente Luis Abinader Corona merece especial atención. Hay aspectos que deben discutirse a fondo. Esta reforma al Código de Trabajo impactará en toda la sociedad.

 Nuestra Constitución, en la parte capital de su artículo 62, reza: “El trabajo es un derecho, un deber y una función social que se ejerce con la protección y asistencia del Estado…”

 Además, conforme al Principio I del referido Código “El trabajo es una función social que se ejerce con la protección y asistencia del Estado. Este debe velar porque las normas del derecho de trabajo se sujeten a sus fines esenciales, que son el bienestar humano y la justicia social.”

 Por tanto, la reforma laboral que impulsa el presidente Abinader se corresponde con el mandato del sistema jurídico y está más que justificada por los puntos en que busca mejorar las condiciones existentes en las relaciones sociales de producción.

 Veamos de manera puntual las principales intenciones manifiestas por el presidente de la República:   En cuanto a la resolución de conflictos entre los empleadores y trabajadores, el Gobierno está interesado en que se reduzca significativamente el cúmulo de expedientes de demandas laborales que cursa en los tribunales nacionales.

Para lograrlo quiere facilitar el pago a favor de los trabajadores de sus derechos laborales. Esto es muy bueno.

Los derechos laborales esenciales son las prestaciones, como el preaviso y el auxilio de cesantía; los derechos adquiridos, a saber: vacaciones, regalía pascual y participación en los beneficios de la empresa; posibles aplicaciones del ordinal 3ro. del artículo 95 o del 86 del Código, sobre los seis meses de salarios o un día de salario por cada día de retraso en el pago las prestaciones, respectivamente, y según el caso; hasta indemnización por daños y perjuicios, si procediera.

Todo eso constituye el pasivo laboral a que las empresas tienen que hacer frente. Los empleadores pegan el grito al cielo con solo pensar en esas cargas.

Sin embargo, para los trabajadores, esos derechos siempre son pírricos y tienen un carácter alimenticio, de pura subsistencia.

También habrá una novedad en el Código con la regulación del teletrabajo o trabajo a distancia. La pandemia de la COVID-19 hizo evidente esta necesidad. Y también aporta un universo nuevo en las relaciones laborales.

Para los trabajadores del hogar habrá sorpresas positivas, conforme manda el Convenio 189 de la OIT.

La nacionalización del trabajo con el 80/20 se fortalecerá. Habrá un día más de vacaciones en los contratos de trabajo de más de tres años y se les aumentará dos días a la licencia de paternidad. Como ven, el auxilio de cesantía no se toca, y eliminarlo es el objetivo principal de los empleadores.