El legado más trascendental del presidente de la República, licenciado Luis Abinader Corona, es desde ya la cláusula pétrea de una sola repostulación consecutiva del Presidente que deja con su impulso a la reforma constitucional de 2024.
Generó la que en jurídica bautizamos como la Constitución de Abinader. Y esta abre un nuevo período para el estudio de nuestro derecho constitucional.
Viene bien aclarar aquí que muchos colegas constitucionalistas se resisten a admitir que nuestro país inauguró una nueva Constitución en este año 2024.
Sostienen el criterio de que es una reforma, igual que la de Danilo del 2015, a la Carta Magna de Leonel de 2010, porque mantuvo vigente sus estructuras.
Si fuera así, entonces llevarían razón al aseverar que los Pactos Políticos de Peña Gómez de 1994, para solucionar la grave crisis electoral de ese año, y el de 2002, de Hipólito Mejía, buscando la reelección, fueron revisiones a la Ley Fundamental de Joaquín Balaguer de 1966.
Y si acogiéramos esa opinión, tendríamos que concluir inevitablemente, siguiendo el desarrollo lógico de ese error de criterio, que en la República Dominicana solo hemos tenido una Constitución, la del general hatero Pedro Santana, de 1844.
Todas las posteriores han reiterado, una más otras menos, ya con hálitos liberales o ya con pujos conservadores, los principios, valores y reglas que se enarbolaron en aquella primigenia Ley Sustantiva nacional.
Y esto no pueden admitirlo. Es porque a la pequeña burguesía, dueña de la historiografía nacional, le resulta cuesta arriba valorar objetivamente el golpe del jefe hatero con el célebre y funesto artículo 210. Malogró el proyecto liberal pequeño burgués, trinitario y duartiano de la organización político-jurídica del Estado dominicano.
Esto así porque en lugar de crearse un Estado burgués, como era la aspiración, Santana se impuso y creó un Estado hatero. Con esto derrotó en su tiempo la ilusión política pequeña burguesa.
Santana triunfó por el atraso social, económico y político que sufríamos. Además, no teníamos la sustancia social, o sea, suficiente pequeña burguesía en cantidad y calidad para sustentar esa aspiración de organización capitalista. Y menos existía la burguesía, llamada a dirigir el proceso. Hoy es otra realidad.
Pero si seguimos la dialéctica de la opinión que criticamos terminamos sin Constitución, porque la de Santana de 1844, fue un injerto de las de Cáliz, España; EUA, Haití y las ideas liberales de aquella época. Así no hemos fundados nada.
Lo que deben comprender es que nuestro sistema jurídico manda a proclamar y publicar íntegramente el nuevo Pacto, no como en EUA, que hacen enmiendas. Y eso crea una nueva Ley de leyes, que en este caso es la Constitución de Abinader.